Indemnización por despido improcedente
Un despido improcedente es por definición un despido que no es objetivo (es decir, debido a causas técnicas, económicas, organizativas o de producción de la empresa) ni disciplinario (es decir, debido a un comportamiento grave y consciente del trabajador); o si la empresa incumple los requisitos de tiempo y forma previstos por ley. Es decir, un despido improcedente es un despido incorrecto. La indemnización que le corresponde al trabajador en 2022 es de 33 días por año trabajado (o su prorrateo si ha estado menos de un año en el puesto) por un máximo de 24 meses.
Pero, ¿qué puedes hacer si te despiden y consideras que no es procedente? La empresa, naturalmente, puede estar alegando sus propias razones para justificar tu despido.
La empresa te entregará a la firma la llamada comunicación de despido, donde hará constar el motivo de este y la fecha a partir de la cual estás despedido (normalmente ese mismo día o al día siguiente). En caso de no estar de acuerdo con las razones de la empresa, deberás escribir «no conforme» al lado de tu firma.
Puedes ir a solicitar una papeleta de conciliación en el centro de mediación, conciliación y arbitraje de tu comunidad autónoma, en un plazo de 20 días desde la comunicación del despido.
Tendrás que reunirte con el empresario y con los responsables del centro de mediación para intentar llegar a una conciliación, de la que pueden salir dos vías de solución:
a) El empresario acuerda pagarte una indemnización por despido improcedente.
b) El empresario acepta tu readmisión en el mismo puesto y con la misma antigüedad.
En caso de no llegar a un acuerdo con el empresario, o si este no hace acto de presencia en la reunión, tendrás que presentar una demanda en el juzgado de lo social(en un plazo de 20 días desde el momento de la reunión de conciliación).
Si el juez falla a tu favor, el empresario, en un plazo de 5 días hábiles, tendrá que decidir si te paga la indemnización por despido improcedenteo bien si te readmite en tu puesto (o en otro similar con la misma remuneración y antigüedad). Deberá asimismo pagarte los salarios de tramitación, es decir, los que no has cobrado por no haber trabajado desde la comunicación del despido hasta la sentencia.
Si ha decidido despedirte, dispondrás de 12 meses para reclamar las cantidades que te adeude la empresa, aparte del despido y de la indemnización, tales como el finiquito: este consta del salario de los días trabajados y no cobrados hasta que te despidieron, las vacaciones no disfrutadas y la parte sin abonar de las pagas extra.
A partir de ese momento, estarás en situación de desempleo legal y, por lo tanto, tendrás derecho a cobrar el paro. Para ello, deberás entregar en la oficina de desempleo el escrito o providencia por el que el empresario declara que decidió optar por la indemnización en lugar de por la readmisión.
Si necesitas ayuda para gestionar tu despido no dudes en ponerte en contacto con nostros y nuestro equipo de abogados laboralistas especializados te ayudaremos.
Juan María García Rodríguez Carretero
Experto en accidentes de tráfico, herencias, derecho fiscal y laboral, administrador concursal.
Amplia experiencia en derecho de empresa, derecho bancario (cláusula suelo, gastos formalización), divorcios, reclamaciones de cantidad, comunidades de propietarios, así como en todo el ámbito del derecho penal. Mejor abogado en Sevilla.