Los contratos verbales: Una realidad legal más común de lo que parece

contrato verbal

El contrato verbal, también conocido como contrato de palabra, es un acuerdo entre dos o más partes que se realiza sin la necesidad de un documento escrito. Aunque pueda parecer informal, tiene una validez jurídica en muchos casos, siempre que cumpla con ciertos requisitos esenciales establecidos por la ley. El Código Civil español, en su artículo 1261, establece los pilares para que un contrato sea considerado legalmente válido, independientemente de su forma, incluyendo los acuerdos verbales.

Muchas personas tienden a pensar que un contrato solo es válido cuando se formaliza por escrito, pero los acuerdos verbales tienen reconocimiento legal, siempre y cuando se den ciertas condiciones. En este artículo, exploraremos los requisitos, ejemplos y límites de los contratos verbales, así como su aplicabilidad en situaciones cotidianas como el alquiler de una vivienda.

Requisitos esenciales para la validez de un contrato verbal según el Código Civil

El artículo 1261 del Código Civil es clave para entender la validez de los contratos verbales. Este artículo especifica los requisitos que deben cumplirse para que cualquier tipo de contrato, ya sea verbal o escrito, tenga fuerza legal. Según el artículo, los elementos fundamentales para que un contrato sea válido son:

  1. Consentimiento: Ambas partes deben estar de acuerdo con el contrato. El consentimiento debe ser libre de coacciones y engaños.
  2. Objeto del contrato: Debe existir un objeto claro y definido que sea lícito, es decir, no puede ir en contra de las leyes o el orden público.
  3. Causa del contrato: La causa que motiva el acuerdo debe ser lícita. Un contrato basado en una causa inmoral o ilegal no tiene validez.

Es importante notar que, según este artículo, no se exige que el contrato sea escrito, salvo en casos específicos donde la ley lo requiera expresamente. Por lo tanto, los contratos verbales son perfectamente válidos siempre que cumplan con estos tres requisitos.

Ejemplos comunes de contratos verbales

Existen muchos tipos de contratos que, en la práctica cotidiana, se hacen de manera verbal y no por escrito. Veamos algunos ejemplos:

Contrato verbal de compraventa

Uno de los ejemplos más comunes es la compraventa de bienes de bajo valor, como la compra de objetos en un mercadillo o entre particulares. En estos casos, aunque no haya un documento que registre la transacción, el contrato existe desde el momento en que ambas partes acuerdan la venta y el comprador paga por el bien.

Contrato verbal de prestación de servicios

Otro caso habitual es cuando alguien contrata a un profesional para realizar un servicio, como la reparación de un electrodoméstico o una pequeña reforma en casa. Aquí, el acuerdo verbal entre las partes es suficiente para considerar que existe un contrato válido.

Contrato verbal de alquiler: ¿Es válido?

Una de las preguntas más frecuentes es si es posible alquilar una vivienda a través de un contrato verbal. La respuesta es afirmativa, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos no exige la formalización del contrato de alquiler por escrito. Esto significa que, mientras ambas partes acuerden las condiciones, un contrato verbal de alquiler tiene la misma validez que uno escrito.

No obstante, surgen ciertas complicaciones con los contratos de alquiler verbales. Si bien son perfectamente legales, resultan más difíciles de probar en caso de disputas. Por ejemplo, si el inquilino o el propietario incumplen alguna de las condiciones, será más complicado demostrar ante un juez cuáles eran exactamente los términos del acuerdo.

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Para evitar este tipo de problemas, aunque no sea obligatorio, se recomienda siempre formalizar los contratos de alquiler por escrito.

¿Qué contratos se pueden hacer de forma verbal?

En general, la mayoría de los contratos pueden realizarse de manera verbal, excepto aquellos que, por ley, requieren una forma específica. Por ejemplo, los contratos relacionados con la compraventa de bienes inmuebles o la constitución de hipotecas deben ser formalizados por escrito y, en algunos casos, incluso ser elevados a escritura pública.

Contratos que implican cantidades grandes de dinero, como una compraventa de vehículos, suelen realizarse por escrito para mayor seguridad, aunque no es un requisito obligatorio. De hecho, el Código Civil español no impone la obligación de realizar contratos por escrito para la mayoría de las transacciones cotidianas, siempre que las partes estén de acuerdo y exista una causa y objeto lícito.

Problemas comunes con los contratos verbales

Uno de los mayores problemas de los contratos verbales es la dificultad para probar su existencia. En caso de que una de las partes no cumpla con su parte del trato, la otra puede encontrarse en una situación vulnerable al no tener un documento escrito que acredite los términos del acuerdo.

Aunque los testigos pueden ser utilizados para corroborar la existencia de un contrato verbal, su testimonio puede no ser suficiente en algunos casos. Además, la memoria de los testigos puede ser vaga o imprecisa, lo que complica aún más la situación.

En vista de esto, muchas personas prefieren contar con contratos escritos para proteger sus derechos. Sin embargo, la ley sigue reconociendo la validez de los acuerdos verbales y, en casos donde las partes actúan de buena fe, un contrato de palabra puede ser más que suficiente.

Importancia de los contratos verbales en el día a día

Los contratos verbales son una parte integral de nuestra vida diaria. Desde el simple hecho de comprar algo en una tienda hasta acordar con un amigo que te ayude en una tarea a cambio de una compensación, estamos constantemente haciendo acuerdos que podrían considerarse contratos verbales.

Aunque en la mayoría de estos casos no se anticipan problemas, es fundamental ser consciente de las implicaciones legales. Conocer la validez de estos acuerdos te permitirá tomar decisiones más informadas y protegerte en situaciones donde el cumplimiento del acuerdo esté en duda.

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Juan María García Rodríguez Carretero
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Experto en accidentes de tráfico, herencias, derecho fiscal y laboral, administrador concursal.
Amplia experiencia en derecho de empresa, derecho bancario (cláusula suelo, gastos formalización), divorcios, reclamaciones de cantidad, comunidades de propietarios, así como en todo el ámbito del derecho penal. Mejor abogado en Sevilla.

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